03-11-2020 Son beneficiarios los ayuntamientos, ELM, asociaciones, federaciones y entidades sin fines de lucro
El Área de Transformación Digital y Turismo de la Diputación de Badajoz destina 200.000 euros a subvenciones para el fomento del turismo en el año 2020, según aparece publicado hoy, día 3 de noviembre, en el Boletín Oficial de la Provincia. Podrán beneficiarse los ayuntamientos, entidades locales menores, asociaciones, federaciones y otras entidades sin fines de lucro de la provincia de Badajoz, que estén legalmente constituidas e inscritas en el registro de asociaciones y federaciones de la Junta de Extremadura.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOP, finalizando el 13 de noviembre.
Las solicitudes, acompañadas del resto de documentación se tramitarán a través de medios electrónicos, preferentemente a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz o, en su caso, por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También se podrá hacer uso, para la presentación de los anexos, de aquellas aplicaciones informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR). Los citados anexos se pueden descargar en la web de la Diputación.
Asimismo, la presentación electrónica se realizará a través de la sede electrónica, accesible desde la página principal de Diputación: www.dip-badajoz.es
Solo se podrá presentar un único proyecto por entidad solicitante, que deberá ser ejecutado durante el ejercicio 2020. En el caso de presentar más de un proyecto, se admitirá la solicitud que haya tenido entrada en la Diputación en primera instancia y no admitiendo las que hubieran entrado con posterioridad.
La cuantía máxima individual por proyecto que se puede solicitar y conceder es de 3.000 euros. Podrán subvencionarse proyectos que hayan sido realizados o se realizarán desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2020.
No serán subvencionables, entre otros, los gastos de adquisición de bienes inventariables, gastos derivados de la realización de inversiones como señalización, intervención en patrimonio, acondicionamiento de rutas físicas, así como planes estratégicos y de desarrollo turístico.
Los ayuntamientos, entidades locales menores o entidades sin fines de lucro subvencionadas recibirán los fondos vía transferencia bancaria y estarán obligados a difundir que la actividad ha sido subvencionada por la Diputación de Badajoz.
La justificación de la subvención otorgada deberá efectuarse con fecha límite del 15 de febrero de 2021.
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Publica: Presidencia y Relaciones Institucionales
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