Información y Documentos
Alojamiento para Emprendedores y Empresas
¿Qué ofrecemos?
Alojamiento temporal en un despacho con mobiliario básico, limpieza, luz, mantenimiento, acceso a Internet y uso
de zonas comunes (previa solicitud y aprobación)
¿A quién va dirigido?
Podrán beneficiarse del uso de estos despachos las personas físicas y jurídicas que se relacionan a continuación:
1.- Como beneficiarias principales:
- Aquellas cuya actividad empresarial tenga una antigüedad máxima de 5 años en el momento de presentación de
su solicitud.
- Además, las que tengan una antigüedad inferior a 12 meses en el momento de presentación de la solicitud se
considerarán emprendedoras.
1.- Como beneficiarias secundarias, cuando existan despachos disponibles y no haya
solicitudes de beneficiarias principales:
- Aquellas cuya actividad empresarial tenga una antigüedad superior a 5 años en el momento de presentación de
su solicitud.
- Las entidades sin ánimo de lucro que necesiten el despacho para el desarrollo de un proyecto de duración
determinada.
¿Cuáles son los requisitos?
- Que la actividad a desarrollar en los despachos pertenezca al sector servicios, sea acorde con los fines y
objetivos de la Red CID, no perjudique la organización del Centro o su funcionamiento y sea adecuada
a la propia funcionalidad de los despachos solicitados.
- Que su ámbito de actuación comprenda el territorio de la provincia de Badajoz.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad
Social, así como con la Diputación de Badajoz.
¿Cuánto tiempo dura el alojamiento?
El tiempo de permanencia máximo será de 4 años.
¿Cuánto cuesta?
Los 6 primeros meses serán gratuitos para las personas físicas y jurídicas que tengan la
consideración de emprendedoras, es decir, cuya actividad empresarial tenga una
antigüedad inferior a 12 meses.
El resto de entidades beneficiarias, deberá pagar la tasa mensual por ocupación de despachos:
9€/m² ocupado.
¿Dónde presentar la solicitud?
A través de la Sede Electrónica ubicada en la página principal de la Diputación de
Badajoz, en la dirección electrónica https://sede.dip-badajoz.es, seleccionando dicho trámite
entre los que aparecen en la Delegación de Concertación y Participación Territorial.
Quienes no estén obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las
Administraciones Públicas, podrán presentar su solicitud en cualquiera de los lugares y por los
medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por la que se regula el
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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