Diputación de Badajoz

Información sobre Protección de datos

Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz

c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es

 

Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez

Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es

 

Autoridad de Control

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID

 

Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.

Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.

Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.

Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.

Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

 
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales - contigo

Catálogo de servicios y ayudas a Municipios.

(nuevo) Planes periurbanos de prevención de Incendios (encomienza de gestión)

Centro Gestor: DESARROLLO RURAL, RETO DEMOGRÁFICO Y TURISMO - Planificación Estratégica, Desarrollo Rural y Sostenibilidad Turística

Descripción

Prestación de asistencia técnica en la revisión, actualización y/o elaboración del plan periurbano de prevención de incendios forestales de las localidades de la provincia de Badajoz, bajo la modalidad de encomienda de gestión, y en los términos de lo estipulado en el modelo de convenio (ver CONVENIO). El convenio está exento de aportación económica municipal.

Con carácter general, esta asistencia técnica incluye:

  1. Actuaciones para la determinación, en su caso, del estado actual del instrumento de planificación preventiva y las necesidades de adecuación, recopilación de información, validación de datos y gestión documental.
  2. Visita por los técnicos que prestan el servicio para el análisis y comprobación de los terrenos afectados por la franja periurbana y evaluación de las necesidades de actuación.
  3. Elaboración del documento técnico (nuevo, revisión o adecuación a la normativa). Memoria (datos administrativos, descripción de la franjan periurbana, actuaciones a realizar, mediciones, calendario cuatrienal de actuaciones previstas, etc.) y cartografía temática (mapa de clases de combustibles vegetales, de infraestructuras existentes con su localización precisa para la prevención en la franja periurbana y mapa de actuaciones a realizar diferenciando todas las actuaciones lineales planificadas, los tramos o rodales de actuaciones particulares, ubicación de los puntos de agua o hidrantes, así como aquellas otras infraestructura de interés como volvederos, zonas seguras, etc.).

 

SOLICITUDES y DOCUMENTACIÓN:

*** Deberán presentarse exclusivamente a través de Sede Electrónica de Diputación de Badajoz ***

  • Solcitud (se genera automáticamente al hacer el trámite en la Sede Electrónica).
  • Certificado emitido por el Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento del acuerdo de su órgano plenario, adoptado por mayoría absoluta, mediante el cual se solicita a la Diputación de Badajoz la aceptación de una encomienda de gestión para la prestación de asistencia técnica en la revisión, actualización y/o elaboración del plan periurbano de prevención de incendios de su localidad en los términos de lo estipulado en el referido modelo de convenio informado al efecto con carácter favorable por la Secretaría General de esta institución, facultándose con ello a su Alcalde/sa Presidente/a a la firma del correspondiente convenio una vez que, en su caso, dicha encomienda de gestión fuera aceptada por acuerdo del Pleno de la Diputación de Badajoz adoptado por mayoría absoluta.
Más información

TRAMITACIÓN:

  • Una vez finalizado el plazo de solicitud, se dará traslado a Pleno de la corporación provincial para su aprobación por mayoría absoluta.
  • A continuación, se formalizará el "Convenio de Encomienda de Gestión entre la Excelentisima Diputación Provincial de Badajoz y el Ayuntamiento. Para ello, una vez firmado por el Presidente y Secretario General de la Diputación, se remitirá a cada entidad solicitante, para su devolución una vez firmado por el Alcalde/sa y el Sercretario/a municipal. 

 

VIGENCIA:

  • El convenio tendrá una vigencia de nueve meses, durante el cual se realizarán todas las medidas de asistencia técnica acordadas. No obstante, salvo denuncia formulada por alguna de sus partes con un mes de antelación, se entenderá tácitamente prorrogado por un período adicional de tres meses de duración si así lo requiriera la debida realización de esas medidas.
Requisitos

Requisitos:

  • Municipios de menos de 20.000 hbitantes.

 

Oblicaciones de los beneficiarios:

  1. Autorizar a la Diputación Provincial de Badajoz, a través de los medios adscritos al encargo de asistencia técnica que disponga, a:
    1. Realizar en representación de esa entidad local, las actuaciones necesarias ante el órgano competente en materia de incendios forestales de la Administración Autonómica, para la determinación del estado actual de los instrumentos de planificación preventiva de incendios de este municipio, a fin de identificar de necesidades para su adecuación.
    2. Recopilar ante esa entidad u otra Administración, la información, datos y documentos necesarios para el fin que se persigue.
    3. Aquellas otras gestiones necesarias para la elaboración, revisión y/o actualización del Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales de esta localidad.
  2. Apoyar en la recopilación de documentos administrativos que se entiendan necesarios para la adecuada ejecución o actualización del documento.
  3. Facilitar las posibles visitas técnicas al Municipio para el análisis sobre el terreno de las áreas afectadas por la planificación del PPPIF, incluido el acompañamiento en aquellas.
  4. Proporcionar cualquier documentación que se requiera para la correcta elaboración del Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales.
  5. Participar en las actuaciones que fueren precisas para la difusión de las actuaciones entre los responsables municipales y otros agentes implicados a través de las sesiones informativas que al efecto pudieran celebrarse.
  6. Recepción del documento “Plan Periurbano de Prevención de Incendios”, una vez elaborado.

 

Plazo

Desde 21 de enero al 20 de febrero de 2025, incluido.

No obstante, podrán ser tramitadas aquellas otras solicitudes que se presenten una vez cumplido el indicado plazo siempre que se considerara debidamente justificado y que ello fuera practicable.

Convenio o normativa que lo regula

B.O.P. nº 12, 20/01/2025: Apertura del plazo de presentación de la solicitud de aceptación para la prestación de la encomienda de gestión para la elaboración de los planes periurbanos de prevención de incendios

El Convenio de Encomienda de Gestión se regirá por las normas contenidas en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público en cuanto que le sean compatibles y, supletoriamente, por las demás normas de derecho administrativo que resulten de aplicación.

Documentación
 
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