Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO - Vivienda y Asistencia Municipal
Control urbanístico mediante Asistencia Técnica Urbanística Continuada (ATUC)
El objetivo del servicio ATUC es el control urbanístico en los municipios adheridos de menor capacidad económica y de gestión, asignando un Arquitecto Técnico que evacuará los informes técnicos necesarios para llevar a cabo este control. Su formalización se realiza mediante un convenio de encomienda de gestión. El artículo 143.1 de la LOTUS, establece que estarán sujetas a control administrativo las siguientes actividades urbanísticas:
Otras asistencias de naturaleza urbanística (OTR)
El objetivo de la solicitud es colaborar, asesorar y tramitar a los ayuntamientos y entidades locales de la provincia mediante asistencia puntual (art. 36.1 b) de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local en materia de asesoramiento urbanístico. Una vez que entre la solicitud por la sede electrónica se enviará al Servicio de Vivienda y Asistencia Municipal que valorará y tramitará el expediente en régimen de asistencia técnica, siendo siempre la competencia del municipio, para ello se turnará al técnico o jurídico correspondiente el mencionado expediente, una vez valorado por el Jefe de Servicio.
2.1.- Urbanismo
2.2.- Patrimonio Municipal, Infraestructuras y Equipamientos
2.3.- Obras Municipales