Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD - Actividades Culturales y Deportivas
Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva ordinaria para financiar la ejecución de proyectos culturales y la celebración de fiestas populares, complementarios o periféricos a la actividad directa de la Diputación de Badajoz y que incidan en la promoción, divulgación, creación de nuevos públicos, formación y cercanía de las ofertas culturales a los ciudadanos durante todo el año 2026.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
800.000 €, que se distribuyen en: 650.000,00 € para Promoción cultural entidades locales + 150.000,00 € para Fiestas populares
GASTOS SUBVENCIONABLES
Forma de pago: No se admiten pagos en metálico. Solo por transferencia, talón u otro medio acreditable.
No podrán subcontratarse actividades que: Aumenten el coste sin aportar valor añadido o se realicen con personas o entidades incursas en las prohibiciones del artículo 29.7 de la misma Ley.
SOLICITUDES
>> Presentación exclusivamente a través de la Sede Electrónica de Diputación de Badajoz.
>> Solo se podrá presentar un único proyecto por entidad solicitante que deberá ser ejecutado durante el ejercicio 2026
SUBSANACIÓN DE LA SOLICITUD
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no reúna los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
El trámite de subsanación se efectuará a través de la Sede Electrónica de Diputación de Badajoz
CRITERIOS DE VALORACIÓN
El total a subvencionar a cada entidad beneficiaria será el resultado de sumar las cantidades obtenidas en cada uno de los apartados que se exponen a continuación.
a) En función del número de habitantes de la localidad:
b) En función de la cantidad presupuestada por el Ayuntamiento en 2025, destinada a Cultura:
c) En este apartado, los proyectos se valorarán individualmente hasta un máximo de 25 puntos, obteniendo los solicitantes las siguientes cantidades económicas en función del número de puntos otorgados:
Criterios de valoración del proyectos presentados son los siguientes:
Criterio de desempate:
En caso de empate y crédito insuficiente, se repartirá la cantidad disponible proporcionalmente entre las entidades empatadas.
RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA
El órgano competente para la resolución emitirá resolución motivada en el plazo máximo de 3 meses a contar desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes.
MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
Se podrá modificar la resolución, a solicitud del beneficiario, cuando circunstancias sobrevenidas e imprevisibles supongan una alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, siempre que las mismas no desvirtúen la naturaleza u objetivos de la subvención concedida, que la modificación no dañe derechos de terceros y que la solicitud se presente antes de que concluya el plazo para la realización de la actividad.
Las solicitudes deberán formularse de forma inmediata a producirse la causa y en todo caso con anterioridad a la finalización del plazo de ejecución.
PAGO DE SUBVENCIONES
Se establece aplicable la regla del pago previo vía transferencia bancaria, con posterior justificación de los fondos.
JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
A) Plazo de justificación y pago de las actuaciones: El pago de los gastos y la justificación debe efectuarse con fecha límite del 31 de enero de 2027. No obstante la justificación podrá presentarse desde la fecha de finalización de la actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de ejecución, hasta el 31 de enero de 2027.
B) Forma de remisión de la justificación: Se tramitará exclusivamente a través la Sede Electrónica de Diputación de Badajoz.
C) JUSTIFICACIÓN TÉCNICA: Se deberá presentar la siguiente documentación:
D) JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA.
D.1.- Importe a justificar.
D.2.- Documentación a aportar.
Carta de pago que acredite la contabilización del ingreso de la subvención en el presupuesto de la entidad.
Control financiero: La Intervención Provincial podrá revisar las subvenciones mediante muestreo, y si detecta irregularidades, podrá iniciar un expediente de reintegro.
E) Formato: A través de Sede Electrónica de Diputación de Badajoz.
F) Prórroga de la justificación. Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la justificación, el beneficiario deberá solicitar, a través de SEDE ELECTRÓNICA, una autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las circunstancias. La Diputación podrá conceder una ampliación del plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo para presentar la justificación (15 días).
G) Requerimiento de justificación. Transcurrido el plazo de justificación, sin haberse presentado la misma, el órgano administrativo competente requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de 15 días sea presentada. La falta de presentación de la justificación o la incorrección de la misma, en este plazo, llevará consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones.
OBLIGACIONES
Los beneficiarios estarán sujetos a las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y artículo 16 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz y en todo caso estarán sujetos a las siguientes obligaciones:
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica, solicitará al correo ofsubvenciones@dip-badajoz.es la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para su aportación. No se admitirá la aportación física de esta documentación.
En lo relativo a la difusión y publicidad de las subvenciones concedidas por Diputación de Badajoz se estará a lo dispuesto en el manual de difusión de la actividad subvencionada que se encuentra disponible en la página web de Diputación de Badajoz en el siguiente enlace A Q U Í.
El incumplimiento de estas obligaciones se tendrá en cuenta a la hora de valorar la capacidad técnica del solicitante en esta y futuras convocatorias. Además, dará lugar a los correspondientes requerimientos y, en su caso, al inicio del expediente de reintegro.