Diputación de Badajoz

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Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.

Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.

Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.

Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.

Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

 
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Catálogo de servicios y ayudas a Municipios.

(nuevo) IV Plan de CONTROL DE MOSQUITOS 2025 en la zona de las Vegas Altas del Guadiana

Centro Gestor: Transición Ecológica -

El singular comportamiento ecológico de las zonas limítrofes con los núcleos urbanos afectados, caracterizado por la existencia de amplias extensiones de terrenos inundables posibilita la abundancia y proliferación de diferentes especies de mosquitos que tienen un fuerte impacto en la calidad de vida de los residentes, sobre todo durante las primeras horas del día, y el atardecer, en espacios abiertos o al aire libre.

Gran parte de las poblaciones del área de las Vegas Altas del Guadiana, enmarcados en los conocidos como "pueblos de colonización del Plan Badajoz"  se encuentran inmersos en una zona de gran concentración de cultivos de regadío, con una gran implantación del arrozal, derivando todo ello en una suma de elementos que potencian la proliferación de mosquitos debido a la suma de agua estancada más humedad relativa en el ambiente.

Esta convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, financia acciones para el control de mosquitos en la zona de las Vegas Altas del Guadiana. Los municipios y ELM beneficiarios serían Acedera, El Torviscal, Entrerríos, Gargáligas, Hernán Cortés, Medellín, Navalvillar de Pela, Obando, Palazuelo, Rena, Santa Amalia, Torrefresneda, Valdehornillos, Vegas Altas, Vivares, Yelbes, Zurbarán, Los Guadalperales, Villar de Rena, Ruecas, Puebla de Alcollarín y Valdivia.

 

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA                                                                      

Cuantía total máxima: 132.448,19 euros.

 

SOLICITUDES                                                                                                   

*** La presentación se realizará exclusivamente a través de Sede Electrónica ***

*** Solo se podrá presentar un único proyecto por entidad local ***

  • Solicitud Anexo I, que se obtine rellenando el formulario de trámite en Sede Electrónica.
  • Anexo II. Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre.

 

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES                                                            

Se financiarán actuaciones destinadas al control, prevención y sensibilización frente a plagas de mosquitos, tales como:

  • Identificación y seguimiento de poblaciones de mosquitos, con análisis de su distribución y evolución temporal.
  • Implantación de sistemas de vigilancia y control ambiental para conocer y gestionar la presencia de mosquitos.
  • Elaboración de zonificaciones y mapas de focos de cría o refugio, tanto en el entorno urbano como periurbano.
  • Tratamientos biológicos o biocidas en las áreas identificadas (larvas y adultos).
  • Implementación de planes de gestión y lucha integrada.
  • Campañas de comunicación y sensibilización ciudadana sobre prevención y autoprotección.
  • Otras actuaciones que contribuyan a los objetivos de la convocatoria.

Quedan excluidas las actividades ya subvencionadas por la Diputación, así como la adquisición de equipamientos o bienes inventariables.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES                                                                        

Quedan expresamente excluidas de la presente convocatoria:

  • a. Actividades que se hayan acogido a cualquier otra subvención de esta Diputación provincial o de su sector público institucional.
  • b. Adquisiciones de equipamientos para instalaciones o servicios municipales.

 

 

GASTOS SUBVENCIONABLES                                                                      

  1. Estudios e identificación de poblaciones de mosquitos.
  2. Servicios de vigilancia y control ambiental.
  3. Tratamientos de control biológico y químico.
  4. Gestión, coordinación y lucha integrada del plan.
  5. Acciones de comunicación y sensibilización.

 

Se permite subcontratar hasta el 100 % del proyecto, siempre que la contratación aporte valor añadido y cumpla la normativa de subvenciones.

No se subvencionarán: gastos corrientes municipales, adquisición de bienes inventariables, intereses, impuestos recuperables, gastos judiciales o de promoción institucional.

Los gastos deberán realizarse y pagarse dentro del año 2025, con fecha límite de pago el 30 de noviembre de 2025, y no podrán superar el valor de mercado ni el coste real de la actividad. Los pagos deberán efectuarse mediante transferencia bancaria, quedando prohibido el pago en metálico.

CRITERIOS DE VALORACIÓN Y CUANTÍA DE LA AYUDA                         

El presupuesto total de cada actuación se calculará multiplicando, para cada núcleo urbano, las hectáreas tratadas por el número de tratamientos y por el coste unitario establecido en el 4.º Plan de Control de Mosquitos en Vegas Altas:

  • 116,16 €/ha por tratamiento adulticida.
  • 87,73 €/ha por tratamiento larvicida.

A estas cantidades se sumará el coste de las acciones de lucha integrada (instalación de cajas nido, estructuras de nidificación y bandejas de limpieza) por 2.441,07 € por entidad local, más 295,18 € para cartelería divulgativa.

En los municipios que solo realicen actuaciones de lucha integrada, el importe financiable será igualmente de 2.441,07 € + 295,18 €.

El coste total estimado del conjunto de actuaciones asciende a 189.211,70 €, y la cuantía máxima subvencionable para cada entidad será del 70 % de los gastos efectivamente ejecutados, según el reparto recogido en el Anexo de la convocatoria.

 

RESOLUCIÓN                                                                                                    

El plazo máximo de 2 meses a contar desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo anterior sin que se haya dictado y notificado resolución expresa se entenderá desestimado por silencio administrativo.

 

PAGO DE LAS SUBVENCIONES                                                                      

Pago previo (PREPAGABLE), en un pago único vía transferencia bancaria, con posterior justificación de los fondos.

Los ayuntamientos subvencionados recibirán los fondos vía transferencia bancaria.

 

JUSTIFICACIÓN                                                                                               

  • A. Plazo de justificación: La justificación de la subvención otorgada habrá de efectuarse con fecha límite 31 de marzo de 2026.
  • B. Forma de remisión de la justificación (exclusivamente a través de Sede Electrónica): Anexo IV. Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención destinada a la realización de planes, proyectos o actuaciones municipales dirigidas a la realización de acciones para el control de mosquitos en la zona de las Vegas Altas del Guadiana, durante el año 2023.
  • Justificación técnica. Se deberá presentar una memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga una descripción detallada de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.La acreditación de esta publicidad se detalla en la base 9, apartado d) sobre "obligaciones del beneficiario".
  • Justificación económica.
    • Importe a justificar: El importe de la resolución de concesión. Si hay otros fondos (propios o subvenciones), indicar: importe, procedencia y aplicación a las actividades subvencionadas.
    • Documentación a aportar:
      • Certificado del Secretario/a o Secretario-Interventor/a con Vº Bº del Presidente. Debe incluir:
        • Destino de los fondos a la finalidad concedida.
        • Relación de obligaciones reconocidas netas con cargo a Subvención Diputación y Fondos propios u otras subvenciones.
        • Gastos devengados antes del 30/09/2025 y pagados antes del 30/11/2025.
        • Cumplimiento de limitaciones de la convocatoria (gastos justificables y pagos en efectivo).
        • Otros ingresos/subvenciones que financien el proyecto, con importe y procedencia.
        • Que la suma de subvenciones no exceda del coste total del proyecto.
    • Formato: Tanto la memoria técnica como la justificación económica deberán entregarse en formato digital
  • Prórroga de la justificación. Solicitud de prórroga por circunstancias excepcionales, motivada y acreditada ante el órgano concedente. La Diputación podrá conceder una ampliación del plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo para presentar la justificación, y siempre que esta solicitud de prórroga se formule antes de las fechas indicadas para la finalización de la justificación. Su concesión no implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución.

Este trámite se encuentra en la Delegación de Economía y Hacienda en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz: SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE PLAZO DE EJECUCIÓN Y/O DE JUSTIFICACIÓN. Existirá un plazo de subsanación de 10 días hábiles, si en el examen de la documentación se detecta alguna deficiencia subsanable.

 

  • a) El municipio debe contar con superficies de arroz o zonas encharcadas a menos de 500 m del núcleo urbano y disponer de un plan de control de mosquitos que incluya metodología, planificación, planos, tratamientos y presupuesto. Si no se aplican biocidas, deberá presentarse una memoria descriptiva con las acciones de lucha integrada previstas.
  • b) No podrá estar afectado por ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • c) El solicitante debe estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones, considerándose así cuando no existan deudas en período ejecutivo o estén debidamente aplazadas, fraccionadas o suspendidas por impugnación.

 

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS                                                    

  • a) Ejecución correcta del proyecto: realizar las actividades y gastos subvencionados en las condiciones y plazos previstos en la convocatoria. No se admitirán gastos fuera del periodo establecido.
  • b) Comunicación de incidencias: informar de cualquier modificación o eventualidad que afecte al desarrollo del proyecto, para su autorización previa por la Diputación.
  • c) Control y supervisión: facilitar las tareas de inspección y control de la Diputación de Badajoz, colaborando conforme al artículo 46 de la Ley 38/2003.
  • d) Publicidad y reconocimiento institucional: incluir la imagen corporativa de la Diputación de Badajoz como entidad cofinanciadora en todo el material, documentación y señalización relacionados con el proyecto, conforme al Manual de Identidad Corporativa disponible en la web de la institución, y aportar pruebas gráficas de su uso al justificar la subvención.
  • e) Comunicación de otras ayudas: informar a la Diputación sobre la concesión de subvenciones con el mismo fin por parte de otras entidades públicas o privadas. En caso de superar el coste total del proyecto, deberá reintegrarse el exceso a la Diputación.
  • f) Colaboración en campañas de difusión: participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación organizadas por la Diputación, así como en otras iniciativas destinadas a comunicar los resultados de los proyectos subvencionados.
  • g) Comunicación de actos públicos: notificar por correo a transicionecologica@dip-badajoz.es cualquier acto público o presentación vinculada al proyecto (como ruedas de prensa o eventos), para facilitar la participación institucional de la Diputación.
  • h) Cumplir cualquier otra obligación establecida en las bases reguladoras de la convocatoria.

Plazo de solicitud: Abierto
Desde el 28-10-2025 hasta el 10-11-2025

10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP.

 

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