Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: Transición Ecológica -
El singular comportamiento ecológico de las zonas limítrofes con los núcleos urbanos afectados, caracterizado por la existencia de amplias extensiones de terrenos inundables posibilita la abundancia y proliferación de diferentes especies de mosquitos que tienen un fuerte impacto en la calidad de vida de los residentes, sobre todo durante las primeras horas del día, y el atardecer, en espacios abiertos o al aire libre.
Gran parte de las poblaciones del área de las Vegas Altas del Guadiana, enmarcados en los conocidos como "pueblos de colonización del Plan Badajoz" se encuentran inmersos en una zona de gran concentración de cultivos de regadío, con una gran implantación del arrozal, derivando todo ello en una suma de elementos que potencian la proliferación de mosquitos debido a la suma de agua estancada más humedad relativa en el ambiente.
Esta convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, financia acciones para el control de mosquitos en la zona de las Vegas Altas del Guadiana. Los municipios y ELM beneficiarios serían Acedera, El Torviscal, Entrerríos, Gargáligas, Hernán Cortés, Medellín, Navalvillar de Pela, Obando, Palazuelo, Rena, Santa Amalia, Torrefresneda, Valdehornillos, Vegas Altas, Vivares, Yelbes, Zurbarán, Los Guadalperales, Villar de Rena, Ruecas, Puebla de Alcollarín y Valdivia.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
Cuantía total máxima: 132.448,19 euros.
SOLICITUDES
*** La presentación se realizará exclusivamente a través de Sede Electrónica ***
*** Solo se podrá presentar un único proyecto por entidad local ***
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
Se financiarán actuaciones destinadas al control, prevención y sensibilización frente a plagas de mosquitos, tales como:
Quedan excluidas las actividades ya subvencionadas por la Diputación, así como la adquisición de equipamientos o bienes inventariables.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Quedan expresamente excluidas de la presente convocatoria:
GASTOS SUBVENCIONABLES
Se permite subcontratar hasta el 100 % del proyecto, siempre que la contratación aporte valor añadido y cumpla la normativa de subvenciones.
No se subvencionarán: gastos corrientes municipales, adquisición de bienes inventariables, intereses, impuestos recuperables, gastos judiciales o de promoción institucional.
Los gastos deberán realizarse y pagarse dentro del año 2025, con fecha límite de pago el 30 de noviembre de 2025, y no podrán superar el valor de mercado ni el coste real de la actividad. Los pagos deberán efectuarse mediante transferencia bancaria, quedando prohibido el pago en metálico.
CRITERIOS DE VALORACIÓN Y CUANTÍA DE LA AYUDA
El presupuesto total de cada actuación se calculará multiplicando, para cada núcleo urbano, las hectáreas tratadas por el número de tratamientos y por el coste unitario establecido en el 4.º Plan de Control de Mosquitos en Vegas Altas:
A estas cantidades se sumará el coste de las acciones de lucha integrada (instalación de cajas nido, estructuras de nidificación y bandejas de limpieza) por 2.441,07 € por entidad local, más 295,18 € para cartelería divulgativa.
En los municipios que solo realicen actuaciones de lucha integrada, el importe financiable será igualmente de 2.441,07 € + 295,18 €.
El coste total estimado del conjunto de actuaciones asciende a 189.211,70 €, y la cuantía máxima subvencionable para cada entidad será del 70 % de los gastos efectivamente ejecutados, según el reparto recogido en el Anexo de la convocatoria.
RESOLUCIÓN
El plazo máximo de 2 meses a contar desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo anterior sin que se haya dictado y notificado resolución expresa se entenderá desestimado por silencio administrativo.
PAGO DE LAS SUBVENCIONES
Pago previo (PREPAGABLE), en un pago único vía transferencia bancaria, con posterior justificación de los fondos.
Los ayuntamientos subvencionados recibirán los fondos vía transferencia bancaria.
JUSTIFICACIÓN
Prórroga de la justificación. Solicitud de prórroga por circunstancias excepcionales, motivada y acreditada ante el órgano concedente. La Diputación podrá conceder una ampliación del plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo para presentar la justificación, y siempre que esta solicitud de prórroga se formule antes de las fechas indicadas para la finalización de la justificación. Su concesión no implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución.
Este trámite se encuentra en la Delegación de Economía y Hacienda en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz: SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE PLAZO DE EJECUCIÓN Y/O DE JUSTIFICACIÓN. Existirá un plazo de subsanación de 10 días hábiles, si en el examen de la documentación se detecta alguna deficiencia subsanable.
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP.
BOP nº 204, de 27/10/2025: Aprobación del 4º Plan de control de mosquitos en la zona de las Vegas Altas del Guadiana
BOP nº 204, de 27/10/2025: Subvenciones destinadas a sociedades locales de cazadores/as de la provincia de Badajoz, titulares de cotos sociales para la recuperación de las poblaciones cinegéticas de caza menor en la provincia para el ejercicio 2025
BOP nº 204, de 27/10/2025: Extracto de las subvenciones destinadas a sociedades locales de cazadores/as de la provincia de Badajoz, titulares de cotos sociales para la recuperación de las poblaciones cinegéticas de caza menor en la provincia para el ejercicio 2025