Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO - Planes y Gestión Administrativa de Inversiones
Convocatoria de subvenciones destinada a financiar la redacción de proyectos de obra, memorias valoradas y estudios técnicos obligatorios. Esta iniciativa se enmarca en la estrategia provincial para afrontar el Reto Demográfico y cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030.
La convocatoria prioriza la transición energética —especialmente instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo colectivo— y la asistencia a municipios de menor capacidad económica y de gestión (poblaciones \le 20.000 habitantes). Se establece un régimen de concurrencia competitiva con un importe máximo de 15.000,00 € por beneficiario, permitiendo el pago anticipado de los fondos para facilitar la liquidez de las entidades locales.
Gastos Subvencionables
Financiación y Cuantías
El presupuesto de 600.000,00 € se distribuye en dos aplicaciones presupuestarias principales:
Condiciones económicas:
Solicitudes y Documentación
Tramitación exclusivamente a través de SEDE ELECTRÓNICA. Rellene el trámite “Remisión de Documentación de Subvención que financian la redacción de proyectos de obra” , y adjunte los siguientes documentos:
Criterios de otorgamiento y distribución
Nota: En caso de empate, prevalecerán los proyectos fotovoltaicos y, en segunda instancia, el municipio con menor número de habitantes.
Resolución de la Convocatoria
Se dictará y ordenará la publicación de la resolución en el plazo máximo de 3 meses a contar desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes.
Concurrencia con otras subvenciones
Los fondos de esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la misma en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Procedimiento Administrativo y Plazos
Pago de la Subvención
Se establece la aplicación de la regla del pago previo, con posterior justificación de los fondos.
Los beneficiarios recibirán los fondos vía transferencia bancaria una vez dictada resolución de concesión.
Justificación - Primera Fase (Anexos 3, 4, 6 y 7)
Se debe cuantificar el número de ciudadanos beneficiados y marcar los ODS alineados. Un error aquí puede acarrear penalizaciones del 0,5% de la subvención.
Incluso si el límite general es de 15.000 €, los proyectos fotovoltaicos están sujetos a topes de honorarios de redacción específicos:
El proyecto final se envía vía https://mercurio.dip-badajoz.es.
Requisito Técnico: El PDF debe incluir marcadores para facilitar la navegación administrativa. La ausencia de estos puede causar el rechazo técnico.
Justificación - Segunda Fase y Publicidad
A los 18 meses de la Fase I, se debe aportar el Acta de comienzo de obra. Esto vincula la redacción con la ejecución real de la infraestructura.
Requisitos de los beneficiarios
Requisitos de los proyectos y gastos
Obligaciones de los Beneficiarios
Una vez concedida la subvención, las entidades asumen las siguientes responsabilidades principales:
Ejecución y Pago:
Justificación en dos fases:
Publicidad y Difusión:
Control y Conservación:
Consulte el ANEXO 7 para conocer los LÍMITES ECONÓMICOS Y TÉCNICOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS PROYECTOS DE INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS DE AUTOCONSUMO COLECTIVO EN EDIFICIOS MUNICIPALES
BOP nº 46 (10/03/2026): Convocatoria de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obra, memorias valoradas y estudios técnicos obligatorios para la ejecución de infraestructuras municipales en 2026
BOP nº 46 (10/03/2026): Extracto de la convocatoria de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obra, memorias valoradas y estudios técnicos obligatorios para la ejecución de infraestructuras municipales en 2026