Información sobre Protección de datos
Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz
c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es
Autoridad de Control
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID
Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.
Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.
Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.
Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Centro Gestor: INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO - Planes y Gestión Administrativa de Inversiones
Convocatoria. en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz con ≤ 20.000 habitantes, para financiar:
El objetivo es:
FINANCIACIÓN Y PRESUPUESTO
El Plan está dotado con un importe total de 50.000.000 euros.
Distribución presupuestaria:
Municipios
Entidades Locales Menores
Reparto por beneficiario
El reparto individualizado provisional por cada municipio y entidad local menor se encuentra detallado en el Anexo 6 del Decreto de concesión provisional, donde se especifica la cuantía asignada a cada entidad. No se exige corresponsabilidad municipal obligatoria.
ACTUACIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES
1. Gastos de Empleo (Cap. 1)
2. Gastos corrientes (Cap. 2)
3. Inversiones de Obras y equipamientos municipales (Cap. 6)
SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN Y DOCUMENTACIÓN
Se presentará exclusivamente a través de Sede Electrónica seleccionando el trámite REMISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN al que se adjuntará el siguiente documento:
El anexo incorporará, a efectos meramente informativos, el desglose de actuaciones que prevé llevar a cabo con la subvención. La falta de presentación de esta documentación en plazo se entenderá como renuncia al derecho. Asimismo, la remisión del anexo en blanco, no se considerará subsanable y supondrá igualmente la pérdida del derecho.
SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES
Si el anexo a presentar no reuniese los requisitos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
CRITERIOS DE OTORGAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN
La distribución para cada municipio y entidad local menor se recoge en el Anexo 6 de la convocatoria.
Distribución:
Umbral mínimo: si la cuantía resultante es inferior a 90.000 €, se complementará hasta llegar a esa cifra.
Nuevo criterio de distribución de fondos dirigido a los municipios con menos de 20.000 habitantes que cuenten con núcleos de población diferenciados de más de 50 habitantes, excluyéndose los diseminados. El municipio matriz recibirá una aportación adicional de 30.000 €.
CONCESIÓN DEFINITIVA (RESOLUCIÓN)
Una vez transcurrido el plazo de 10 días para alegaciones o aceptación, y realizadas las comprobaciones y subsanaciones necesarias, se formulará propuesta de concesión definitiva al órgano competente.
PAGO DE LA SUBVENCIÓN
Se establece el pago previo, con posterior justificación de los fondos mediante transferencia bancaria.
EJECUCIÓN Y PAGO
MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN EN RELACIÓN AL PLAZO DE EJECUCIÓN Y PAGO
Si necesita ampliar el plazo para ejecutar o pagar las actuaciones, puede solicitarlo siguiendo este procedimiento:
Cómo solicitar la ampliación
>> Solo se admitirá si existe una causa válida, como:
>> Resolución de la Diputación
>> Ampliación de oficio
La Diputación también podrá ampliar el plazo por iniciativa propia si detecta que el ayuntamiento no puede finalizar las actuaciones dentro del plazo inicial.
>> Plazo de justificación cuando se conceda una ampliación (solicitada o de oficio):
JUSTIFICACIÓN
>> Plazo de presentación
>> Documentación que debe presentarse
a) Contratación de personal
b) Obras
c) Equipamiento
d) Adquisición de terrenos
e) Gastos corrientes y servicios
>> Subsanación
Si la documentación tiene errores o falta información se concederá un plazo de 10 días para subsanar.
>> Ampliación del plazo de justificación
De forma excepcional:
COMPATIBLIDAD CON OTRAS AYUDAS
Las ayudas concedidas en este Plan son compatibles con otras subvenciones, tanto de la Diputación como de otras administraciones, siempre que tengan la misma finalidad.
No obstante, la suma total de las ayudas nunca podrá superar el coste real de la actividad subvencionada, ya sea considerada de forma individual o junto con otras ayudas.
Actuaciones financiadas con convenios de reto demográfico
Si la actuación está cofinanciada mediante convenios de reto demográfico de la Diputación, deberán respetarse los porcentajes de cofinanciación establecidos en dichos convenios.
Compatibilidad con el Plan Avanzamos 2025
Se podrán financiar actuaciones que ya hayan sido subvencionadas en el Plan Avanzamos 2025, pero:
En ningún caso podrán duplicarse importes para una misma ejecución.
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
>> Destino de los fondos
>> Obligaciones económicas y administrativas
>>Publicidad y visibilidad
>> Control y seguimiento
>> Plazos de ejecución y justificación
>> Compatibilidad con el Plan Avanzamos 2025
BOP nº 83 (05/05/2026): Decreto de concesión provisional del Plan "Avanzamos" de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación de Badajoz para el ejercicio 2026
BOP nº 83 (05/05/2026): Extracto del decreto de concesión provisional del Plan "Avanzamos" de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación de Badajoz para el ejercicio 2026