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Centro Gestor: DESARROLLO RURAL, RETO DEMOGRÁFICO Y TURISMO - Servicio de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería
La Diputación de Badajoz pone en marcha una nueva edición de la Campaña de Matanzas Didácticas 2026/2027, destinada a apoyar la celebración de matanzas tradicionales en los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz con población inferior a 20.000 habitantes, que se desarrollen entre el 1 de noviembre de 2026 y el 31 de marzo de 2027.
La campaña tiene como finalidad contribuir a la conservación, transmisión y difusión del patrimonio cultural y gastronómico ligado a la matanza tradicional extremeña, favoreciendo el mantenimiento de las tradiciones populares, la transmisión intergeneracional de conocimientos, la participación vecinal, la dinamización del medio rural y la promoción de los productos agroalimentarios de la provincia.
Asimismo, se pretende que estas actividades se desarrollen con una finalidad eminentemente didáctica y divulgativa, permitiendo dar a conocer al público las prácticas tradicionales relacionadas con el aprovechamiento del cerdo y la elaboración artesanal de sus productos, dentro de un marco respetuoso con la normativa vigente en materia de seguridad alimentaria y bienestar animal.
Para lograr dichos objetivos, la Diputación cede gratuitamente a las localidades de la provincia uno o varios ejemplares de cerdos ibéricos Lampiños procedentes de La Cocosa, explotación agrícola propiedad de la entidad al servicio de la sostenibilidad, el patrimonio y el sector ganadero.
A efectos de esta campaña, se entenderá por MATANZA DIDÁCTICA aquella actividad de carácter tradicional, artesanal, divulgativo y comunitario en la que se muestren y expliquen al público asistente las distintas fases del aprovechamiento del cerdo y los procesos tradicionales de elaboración de productos derivados del mismo, incorporando igualmente el componente cultural, festivo, comunitario e intergeneracional propio de esta tradición.
Para que una actividad pueda ser considerada matanza didáctica deberá incluir, al menos, las actividades obligatorias establecidas en el Formulario de Solicitud de Participación (Anexo I), que deberán desarrollarse con una finalidad claramente divulgativa y mediante explicaciones dirigidas al público asistente.
La selección de las entidades locales participantes se realizará conforme a los requisitos y criterios de valoración establecidos en la presente convocatoria.
La participación en la campaña supondrá la aceptación íntegra de las condiciones establecidas en la presente convocatoria.
SOLICITUDES
ANEXO I. Solicitud (exclusivamente a través deL trámite de Sede Electrónica), al que se acompañará:
En caso de que una entidad local presente más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la última solicitud presentada dentro del plazo establecido, que sustituirá a las anteriores.
La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las condiciones y obligaciones establecidas en la presente campaña, en caso de resultar seleccionada la entidad solicitante.
Únicamente serán admitidas las solicitudes que, a la finalización del plazo de presentación, se encuentren debidamente cumplimentadas y acompañadas de toda la documentación exigida.
La presentación de una nueva solicitud completa dentro del plazo establecido sustituirá a cualquier solicitud presentada anteriormente por la misma entidad.
Los modelos oficiales estarán disponibles para su descarga en la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES Y DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE PRIORIDAD
Las solicitudes admitidas que cumplan los requisitos establecidos en la presente campaña serán valoradas por el Servicio de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería.
La valoración tendrá por objeto:
Criterio de valoración
Se valorará exclusivamente la realización de actividades complementarias que contribuyan a reforzar el carácter divulgativo, cultural, tradicional y participativo de la matanza didáctica.
La puntuación máxima será de 30 puntos.
Se concederán 5 puntos por cada actividad complementaria distinta, hasta un máximo de seis actividades computables.
No se considerarán actividades distintas aquellas que, aun presentándose separadamente, formen parte sustancialmente de una misma actuación o carezcan de autonomía suficiente.
Las actividades complementarias deberán figurar simultáneamente:
No serán objeto de valoración las actividades que únicamente se mencionen de forma genérica o que no aparezcan suficientemente identificadas y descritas.
Las actividades obligatorias establecidas como requisito para considerar el evento como matanza didáctica no tendrán la consideración de actividades complementarias ni otorgarán puntuación.
Podrán considerarse actividades complementarias, entre otras:
DETERMINACIÓN DEL NÚMERO DE ANIMALES
La Diputación de Badajoz distribuirá los animales disponibles atendiendo al grado de cumplimiento de la campaña inmediatamente anterior y a la puntuación obtenida por las solicitudes, conforme al siguiente sistema.
*** Primera fase ***
Las solicitudes admitidas se clasificarán en los siguientes bloques:
Integrarán este bloque:
Las entidades incluidas en este bloque tendrán prioridad en la asignación de animales y se ordenarán entre sí por orden decreciente de la puntuación obtenida.
Siempre que exista disponibilidad suficiente, podrán recibir inicialmente hasta dos animales por entidad, sin que en ningún caso puedan asignarse más animales que los solicitados.
Formarán parte de este bloque las entidades que, habiendo participado en la campaña inmediatamente anterior, hubieran presentado la correspondiente justificación pero hubieran incurrido en incumplimientos relativos a la correcta justificación del evento o a las obligaciones de publicidad institucional.
Estas entidades únicamente accederán al reparto una vez atendidas las entidades incluidas en el Bloque I, ordenándose entre sí por orden decreciente de puntuación.
El número máximo que podrá asignarse a las entidades incluidas en este bloque será de un animal.
Falta total de justificación de la campaña anterior
Las entidades que, habiendo recibido animales en la campaña inmediatamente anterior, no hubieran presentado la documentación justificativa exigida, no podrán resultar beneficiarias de la asignación de animales en la presente campaña.
*** Segunda fase ***
Una vez atendidas las solicitudes admitidas de los Bloques I y II conforme a las reglas anteriores, si continuasen existiendo animales disponibles, se procederá a la asignación de un tercer animal a las entidades del Bloque I que lo hubieran solicitado, siguiendo el orden decreciente de puntuación obtenido.
Matanzas declaradas Fiesta de Interés Turístico
Excepcionalmente, las matanzas que cuenten con declaración oficial de Fiesta de Interés Turístico podrán recibir, siempre que exista disponibilidad suficiente y se hubiera solicitado, hasta un máximo de cuatro animales.
La asignación por encima del límite general de tres animales se realizará una vez efectuado el reparto previsto en las fases anteriores.
Desempate
Cuando dos o más entidades incluidas en un mismo bloque obtengan la misma puntuación y el número de animales disponibles no permita atenderlas a todas en las mismas condiciones, tendrá prioridad la solicitud que hubiera sido presentada con anterioridad en el Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz, atendiendo a la fecha y hora de registro.
RESOLUCIÓN DE LA CAMPAÑA
Las solicitudes admitidas serán examinadas y valoradas por el Servicio de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, de acuerdo con los requisitos, criterios de valoración y sistema de asignación de animales establecidos en la presente campaña.
Una vez efectuada la valoración y distribución de los animales disponibles, se determinarán las entidades seleccionadas y el número de animales asignados a cada una de ellas.
Cada entidad local solicitante recibirá una comunicación individual a través del registro electrónico, en la que se informará del resultado de su solicitud.
En el caso de las entidades seleccionadas, la comunicación indicará, al menos, el número de animales asignados por la Diputación de Badajoz.
MODIFICACIONES DE LAS FECHAS DE CELEBRACIÓN Y ACTIVIDADES DEL EVENTO
Con carácter excepcional y por causas debidamente justificadas, las entidades locales seleccionadas podrán solicitar modificaciones respecto de los datos inicialmente comunicados relativos a:
Las modificaciones deberán solicitarse mediante el Anexo III. Modificaciones excepcionales, con una antelación mínima de 15 días naturales respecto de la fecha prevista para la celebración del evento, a través del correo electrónico del Servicio de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería: sdagrario@dip-badajoz.es.
Cuando la modificación afecte a la programación o a los elementos de publicidad del evento, deberá adjuntarse igualmente la programación y/o cartel modificados.
Excepcionalmente, cuando concurran circunstancias sobrevenidas o de fuerza mayor que imposibiliten el cumplimiento del plazo anterior, la modificación deberá comunicarse a la Diputación de Badajoz tan pronto como resulte posible, justificando las circunstancias que la motivan.
Las actividades obligatorias establecidas en la presente campaña deberán mantenerse en todo caso, sin perjuicio de los ajustes organizativos que puedan resultar necesarios para su realización.
Cuando la modificación afecte a una actividad complementaria que hubiera sido objeto de valoración, la actividad propuesta en sustitución deberá reunir los requisitos establecidos en la campaña para ser considerada actividad complementaria y permitir el mantenimiento de la puntuación inicialmente obtenida.
No se autorizará una modificación de las actividades complementarias cuando suponga una reducción de la puntuación que hubiera podido alterar el orden de prioridad o la asignación de animales resultante de la valoración de las solicitudes.
Las modificaciones solicitadas serán valoradas por el Servicio de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, que comunicará a la entidad local su aceptación o denegación por correo electrónico.
La presentación de una solicitud de modificación no implicará su aceptación automática, debiendo contar la entidad con la conformidad del Servicio antes de aplicar el cambio solicitado, salvo cuando concurran circunstancias de fuerza mayor que hagan materialmente imposible obtener dicha conformidad con carácter previo.
JUSTIFICACIÓN DE LA MATANZA DIDÁCTICA
Las entidades locales a las que se hayan asignado animales deberán justificar la realización de la matanza didáctica hasta el 30 de abril de 2027, inclusive.
La justificación tendrá por objeto acreditar la efectiva celebración del evento y el cumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en la presente campaña.
Para ello deberá presentarse el Anexo IV. Remisión de la documentación para la justificación de la actividad realizada, acompañado de la siguiente documentación:
Cuando se hubieran autorizado modificaciones mediante el Anexo III. Modificaciones excepcionales, la justificación deberá corresponderse con las actividades y condiciones resultantes de dichas modificaciones.
La documentación justificativa se presentará exclusivamente por medios electrónicos a través del Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz.
El trámite correspondiente al Anexo IV. Remisión de la documentación para la justificación de la actividad realizada estará disponible en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz desde el 1 de noviembre de 2026 hasta el 30 de abril de 2027, ambos inclusive.
Efectos del cumplimiento de la justificación
El grado de cumplimiento de las obligaciones de realización, justificación y publicidad institucional será tenido en cuenta en la Campaña de Matanzas Didácticas inmediatamente posterior, conforme al sistema de prioridad y asignación de animales establecido en la presente campaña.
A estos efectos:
La correcta realización y justificación de la actividad permitirá considerar cumplidas las obligaciones de la campaña a efectos de la participación en la siguiente edición.
La presentación de la justificación con incumplimientos relativos a la realización o acreditación de las actividades previstas o a las obligaciones de publicidad institucional determinará la aplicación de las reglas establecidas para el Bloque II en la campaña inmediatamente posterior.
La falta total de presentación de la documentación justificativa dentro del plazo establecido determinará que la entidad no pueda resultar destinataria de una asignación de animales en la campaña inmediatamente posterior.
Podrán participar en la presente campaña los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cumplan los siguientes requisitos:
a) Población
Tener una población inferior a 20.000 habitantes.
Para la determinación de este requisito se tomarán como referencia los últimos datos oficiales de población publicados por el Instituto Nacional de Estadística disponibles en la fecha de publicación de la campaña.
b) Fecha de celebración
Celebrar la matanza didáctica entre el 1 de noviembre de 2026 y el 31 de marzo de 2027.
c) Actividades obligatorias
La programación de la matanza didáctica deberá incluir obligatoriamente, y con explicación didáctica dirigida al público asistente, las siguientes actividades:
La falta de inclusión de cualquiera de estas actividades obligatorias en la programación presentada determinará que la solicitud no reúna los requisitos establecidos para participar en la campaña.
Asimismo, las tres actividades deberán realizarse efectivamente durante la celebración de la matanza didáctica y quedar debidamente acreditadas en la documentación justificativa que se establezca en la presente convocatoria.
d) Lugar de recepción de los animales
Disponer de instalaciones adecuadas para la recepción temporal de los animales cedidos por la Diputación de Badajoz, adaptadas a la especie porcina y al número de animales asignados y que permitan garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de bienestar animal.
e) Cumplimiento normativo
La entidad participante deberá cumplir la normativa que resulte aplicable a la organización y celebración de la actividad, especialmente en materia de bienestar y sanidad animal, seguridad alimentaria, salud pública y prevención de riesgos, así como disponer de las autorizaciones, permisos o comunicaciones que, en su caso, resulten exigibles.
f) Carácter no lucrativo de la actividad
Los animales cedidos gratuitamente por la Diputación de Badajoz y los productos obtenidos de los mismos deberán destinarse exclusivamente a la celebración de la matanza didáctica y al cumplimiento de las finalidades tradicionales, divulgativas, culturales y comunitarias previstas en esta campaña.
En ningún caso los animales cedidos ni los productos obtenidos de su sacrificio, despiece o elaboración podrán ser objeto de venta, comercialización o cualquier otra forma de aprovechamiento destinada a generar un beneficio o rendimiento económico para la entidad participante, las asociaciones o colectivos colaboradores o cualesquiera terceros.
Asimismo, no podrá exigirse contraprestación económica alguna por la entrega, distribución o consumo de los productos obtenidos de los animales cedidos por la Diputación de Badajoz.
OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS
Las entidades locales seleccionadas para participar en la Campaña de Matanzas Didácticas 2026/2027 deberán cumplir las siguientes obligaciones:
1. Destino de los animales.
Destinar los animales cedidos por la Diputación de Badajoz exclusivamente a la celebración de la matanza didáctica para la que fueron concedidos, de acuerdo con las condiciones establecidas en la presente campaña.
2. Realización de las actividades obligatorias.
Realizar durante la celebración de la matanza didáctica las actividades obligatorias establecidas en la presente campaña y recogidas en el Anexo I, con explicación didáctica dirigida al público asistente, debiendo quedar debidamente acreditada su realización en la documentación justificativa.
3. Realización de las actividades complementarias valoradas.
Realizar las actividades complementarias que hubieran sido objeto de valoración para determinar la puntuación de la solicitud.
Cualquier modificación de estas actividades deberá ajustarse al procedimiento establecido en el apartado relativo a modificaciones de la campaña.
4. Recepción de los animales.
Recepcionar los animales asignados en las instalaciones indicadas en el Anexo II. Información detallada del evento, garantizando las condiciones adecuadas para su recepción y estancia temporal.
5. Cumplimiento de la normativa.
Cumplir la normativa que resulte aplicable a la organización y celebración de la actividad, especialmente en materia de bienestar y sanidad animal, seguridad alimentaria, salud pública y prevención de riesgos, así como disponer de las autorizaciones, permisos o comunicaciones que, en su caso, resulten exigibles.
6. Comunicación de modificaciones.
Comunicar cualquier modificación respecto de los datos y actividades inicialmente declarados, de acuerdo con las condiciones y procedimiento establecidos en el apartado «Modificaciones de las fechas de celebración y actividades del evento» de la presente campaña.
7. Renuncia.
En caso de renuncia a la celebración de la matanza didáctica o a los animales asignados, la entidad deberá comunicarla a la mayor brevedad posible, con objeto de permitir la reasignación de los animales y evitar perjuicios al resto de entidades solicitantes.
La renuncia se comunicará al Servicio de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería a través del correo electrónico sdagrario@dip-badajoz.es, indicando las causas que la motivan.
La antelación y justificación de la renuncia serán tenidas en cuenta a efectos de la participación de la entidad en la campaña inmediatamente posterior, conforme al sistema de prioridad establecido en la presente campaña.
8. Carácter no lucrativo.
Los animales cedidos y los productos obtenidos de su sacrificio, despiece o elaboración deberán destinarse exclusivamente a las finalidades tradicionales, didácticas, culturales y comunitarias de la actividad.
Queda prohibida su venta, comercialización o cualquier otra forma de aprovechamiento destinada a generar un beneficio o rendimiento económico para la entidad local, asociaciones o colectivos colaboradores o cualesquiera terceros. Asimismo, no podrá exigirse contraprestación económica alguna por la entrega, distribución o consumo de los productos obtenidos de los animales cedidos por la Diputación de Badajoz.
9. Publicidad y visibilidad de la colaboración de la Diputación de Badajoz.
Hacer constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y su imagen corporativa en los materiales de difusión relacionados con la matanza didáctica, incluidos, cuando proceda, carteles, publicaciones digitales, páginas web, redes sociales, notas de prensa, vídeos y demás materiales gráficos, digitales o audiovisuales utilizados para la difusión del evento.
Asimismo, será obligatoria la colocación, en un lugar visible durante la celebración del evento, del cartel informativo de la Campaña de Matanzas Didácticas, debiendo quedar acreditada su colocación mediante las fotografías aportadas en la justificación.
El cumplimiento de estas obligaciones de publicidad institucional deberá acreditarse mediante el Informe de justificación del evento y el dossier fotográfico correspondiente.
10. Justificación de la actividad.
Presentar, a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz y HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2027, inclusive, la documentación justificativa establecida en la presente campaña.
La justificación deberá permitir acreditar, al menos: